Lo que el banco no dice de las hipotecas

Cuando alguien no tiene experiencia, va al banco, habla con ellos, negocia unas condiciones, se ponen de acuerdo, y en el momento de la firma, delante del notario y del vendedor, salen con que además hay que contratar con ellos una serie de productos: tarjetas (con cuota anual), seguros de vida, etc. incluso llegan a imponer un seguro de pago de la hipoteca.

En este punto hay que decidir entre “tragar” o renunciar al piso (del que ya se ha pagado a cuenta una cantidad), según cómo sea cada uno, elige, pero lo normal es pagar y tragar.

Esto se evita si, en el momento en que dicen que conceden la hipoteca, se les pide que entreguen una oferta vinculante.

Una oferta vinculante es un papel que obliga al banco, donde se detallan todas las condiciones que pone; y por ley -en España-, los bancos están obligados a entregar siempre, pero no suelen entregarla salvo que se lo pidan, y a veces hay que insistirles hasta que se les recuerda que están obligados por ley.

Y si nos subrogamos en el préstamo del constructor, también hay que pedir la oferta vinculante al banco promotor antes de escriturar.

En todo caso, incluso después de haber tragado con lo que imponen en la notaría, queda la opción de renovar al año siguiente, o incluso de reclamar firme y razonadamente; en algunos casos, se consigue que devuelvan la parte no consumida del seguro de pago de la hipoteca, así que siempre hay que reclamar, incluso si por las circunstancias se ha tenido que tragar previamente.

El hecho de que se haya firmado algo no quiere decir que luego no se pueda alegar que ha sido una imposición arbitraria de validez dudosa, y a los directores de oficina no les gusta que alguien lleve las cosas muy lejos y le venga un toque desde arriba.

Hay que ir por escrito con buenos argumentos y avisando que llevará el caso al Defensor del Cliente de la entidad, y si es necesario al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, pero nunca ir gritando ni insultado, porque entonces no le dará la razón ni aunque la lleve.

También ocurre en algunos bancos que cuando alguien contrata un crédito hipotecario le exige un depósito de garantía por los gastos de cancelación de la hipoteca del vendedor, gastos que tiene que asumir el vendedor. Esto es una irregularidad.

Por otro lado, cuando el banco dice que la hipoteca tiene una ventaja adicional de que luego, si no lo necesita, puede volver a disponer del dinero que ya se ha ido amortizando, esto es falso.

En primer lugar, en los primeros años casi no se amortiza, se pagan muchos intereses y muy poco capital.

En segundo lugar, al precio de las viviendas, hay que comprar en pareja, y luego la pareja puede querer que se vaya amortizando y no querer que se tire del crédito. Lo peor es que existen los préstamos hipotecarios y los créditos hipotecarios, que parecen los mismo pero no lo son.

Cambiar un préstamos hipotecario a otra entidad supone un gasto relativamente pequeño, entre 1.000 y 3.000 €, según sea el préstamo y las condiciones, pero si no es un préstamos, sino un crédito, no se puede cambiar a otra entidad, hay que cancelarlo y abrir uno nuevo.

Esto supone pagar cuatro veces más gastos de todo tipo.

Ya que se trata de una decisión importante, es recomendable lee las opiniones de los usuarios en páginas de valoraciones como www.ciao.es, que pueden poner sobre aviso de problemas con una entidad concreta.

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