Marco legal para la promoción de los bienes culturales

Marco legal para la promoción

de los bienes culturales

 

Dentro del Marco Legal existen diferentes leyes que protegen a los autores.

En distintos países se establece un conjunto de derechos, privilegios de carácter moral y patrimonial que favorecen al autor de una obra literaria, artística, científica, musical, etc. Desde que la obra se encuentre plasmada en un soporte material las leyes lo protegerán.

Un gestor cultural debe conocer muy bien esto, ya que en el momento de llevar un evento deberá informarse sobre estas leyes, contactar con el autor de tal producción o si este se encuentra fallecido con sus herederos o familiares.

Por ejemplo: si pensamos en desarrollar la gestión de una obra de teatro basada en un libro, no podemos adueñarnos de ese libro y llevar a cabo la obra como si el autor del mismo no existiera.  

Debemos entender, además, que el objeto del derecho de autor no es solo la protección de las obras producidas, sino también del autor o los autores ejecutantes. En este caso si el autor del libro que necesito utilizar para  montar una obra solicita un porcentaje (esto es un derecho del autor) de las ganancias obtenidas debemos cumplir con la ley.

Generalmente la Ley de Propiedad Intelectual API (el número de ley es distinto en cada país) “define como obra protegida por el Derecho de Autor cualquier creación original literaria, artística o científica, expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible que exista actualmente o se invente en el futuro”.

http://www.cedro.org/docs/textos-de-inter%C3%A9s/quees62.pdf?Status=Master 

Patricia Ayala

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