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Lección 61: Obligación con bonificación fiscal
Algunas obligaciones
incorporan ventajas fiscales (bonificaciones). Estas bonificaciones
fiscales funcionan de la siguiente manera:
Se denomina rentabilidad
financiera-fiscal a la rentabilidad que tendría que ofrecer una obligación
de similares características, pero sin bonificación fiscal, para que
el inversor obtuviera la misma rentabilidad efectiva.
En este tipo de
obligaciones bonificadas el inversor tiene dos fuentes de beneficios:
Este ahorro impositivo
se produce aproximadamente un año después del cobro de los intereses,
ya que la declaración de impuestos se realiza al año siguiente (en
España),
Para calcular
la rentabilidad efectiva de este tipo de obligaciones, se aplica la
ecuación de equivalencia financiera:
La variable que
hay que estimar y que resuelve esta ecuación es "ie",
que es la rentabilidad efectiva que obtiene el inversor en la operación.
Una vez calculada
la rentabilidad efectiva "ie" de la obligación
bonificada, se calcula su rentabilidad financiera-fiscal resolviendo
la siguiente ecuación:
Se trata de calcular
la rentabilidad nominal que tendría que ofrecer una obligación de
las mismas características, que no ofreciera ventaja fiscal, para
que el inversor obtuviera la misma rentabilidad efectiva que en el
caso de la obligación subordinada.
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