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60ª
CLASE
Rentabilidad de un empréstito. 
61ª
CLASE
Obligación con bonificación fiscal. 
62ª
CLASE
Obligación con bonificación fiscal:Ejercicio (I). 
63ª CLASE
Obligación con bonificación fiscal: Ejercicio (II). 
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Lección
59: Obligaciones convertibles
Son aquellas obligaciones
que permiten al inversor (obligacionista) decidir en un momento
futuro entre mantener dichas obligaciones o convertirlas en acciones
de la sociedad.
En el momento
de emitir estas obligaciones se fija el sistema que se utilizará para
determinar la relación de conversión (es decir, número de acciones
a recibir por cada obligación), así como en que momento(s) futuro(s)
el obligacionista podrá optar por acudir a la conversión.
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Valor
de conversión de la obligación / valor de la acción
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a) Valor de
conversión de la obligación: suele ser su valor nominal.
b) Valor de
la acción: se
suele fijar el precio medio de la acción durante un número determinado
de días antes de la fecha de conversión. A efectos de hacer la conversión
más atractiva para el inversor, a este precio medio se le suele
aplicar un descuento (10-20%).
a) Valor de
mercado de la obligación en la fecha de la conversión
b) Valor de
transformación: es el valor de mercado en dicha fecha del número
de acciones que se recibe por cada obligación.
Si el valor de
mercado de la obligación es mayor, no interesa acudir a la conversión.
Si es menor, si interesa acudir.
La diferencia
entre el valor de mercado de la obligación y el valor de transformación
se denomina "prima de conversión".
Se emiten obligaciones
convertibles de 10.000 ptas de nominal cada título, a un plazo de
5 años. Se establece la posibilidad
de convertirlas en acciones al final del 1º año. La relación de
conversión será:
Obligación:
por su valor nominal
Acción: cotización
media del último trimestre, con descuento del 15%.
Llegado el 31
de diciembre, la cotización media de la acción en el último trimestre
ha sido de 150 ptas. (su cotización al 31/12 es de 180 ptas.). Por
su parte, el valor de mercado de la obligación asciende a 11.150
ptas.
Determinar:
a) Relación
de conversión
b)
Prima de conversión
c) ¿Interesa
acudir a la conversión?
a) Relación
de conversión:
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Valor
de conversión de la obligación / valor de la acción
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Luego,
Relación de intercambio = 10.000 / (150 * 0,85)
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Luego,
Relación
de intercambio = 78,43 acciones
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Es decir, por
cada obligación se recibirán 78,43 acciones.
b) Prima de
conversión:
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Valor
de transformación (180 * 78,43)
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=
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14.117,4
ptas.
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Valor
de mercado de la obligación
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=
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11.150,0
ptas.
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Prima
de conversión
|
=
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2.967,4
ptas.
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c) Como la prima
de conversión es positiva, conviene acudir a la misma.

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