Ventaja competitiva. Ecoetiquetas y certificaciones

Hasta ahora se han estudiado toda una serie de buenas prácticas ambientales en la empresa, se ha definido la gestión ambiental como un instrumento necesario dentro de las organizaciones, incluso se ha hablado de la necesidad de realizar auditorías ambientales de los aspectos más relevantes de las empresas para posteriormente elaborar planes de gestión basados en una políticas ambientales, indicadores, objetivos y metas, etc.

Todos estos elementos se han integrado en lo que comúnmente se conoce como Sistema de Gestión Ambiental (SGA o SGMA), que se integra en la gestión cotidiana de la empresa para alcanzar los objetivos marcados por la política ambiental, y que no es más que un mecanismo que permite a la organización en cuestión, controlar sus consumos e impactos, y mejorar sus resultados económicos y ambientales.
Como se puede deducir el SGA está basado en el Principio de Mejora Continua, descrito en el siguiente esquema:

 

buenas practicas



A la hora de ejercer un control sobre los aspectos ambientales de una empresa se puede llevar a cabo un modelo personalizado, como el propuesto en este manual, pero existen normas internacionales que establecen algunos requisitos para los SGA y que presentan una ventaja fundamental: Su implantación efectiva puede ser verificada o certificada por organismos imparciales, lo cual otorga a la compañía de prestigio internacional.

Porque cuando una empresa hace las cosas bien (en cualquier campo) quiere que se sepa, y lo utiliza para obtener una ventaja competitiva en el mercado donde desarrolla su actividad, las buenas prácticas ambientales no podían ser menos y es muy común que adapten estos comportamientos a lo que dicta una norma en concreto, para poder obtener la distinción correspondiente. Las principales normas internacionales de referencia son:

1. Norma ISO 14.001: Es una norma de la Organización Internacional de Estandarización (ISO), cuya aplicación es de carácter voluntario para las empresas y organismos de cualquier tamaño. En ella se da especial relevancia a la comunicación interna, la formación del personal, el control documental, la correcta definición de procesos y procedimientos, el registro de no conformidades (deficiencias en la implantación) y la aplicación de medidas preventivas, correctoras y de mejora continua. Si una empresa decide certificar la implantación de un SGA basado en esta norma, puede hacerlo solicitando a una entidad certificadora su sometimiento voluntario a una serie de auditorías, que una vez superadas desembocarán felizmente en la obtención de dicha certificación, cuyo sello podrá lucir la empresa en sus instalaciones y productos que cumplan con estos requisitos.

 

 

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El sello es algo parecido a esto y suele ir acompañado del logotipo de la entidad certificadora.

2. Reglamento EMAS: A nivel europeo encontramos el Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS). El objetivo es el mismo que el de la ISO 14.001, pero con algunas diferencias, por lo general es más riguroso, incide más severamente en la comunicación exterior y usa una nomenclatura diferente (se verifica, no se certifica). Además, las empresas que superan el proceso son inscritas en el Registro Europeo que se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

3. Global Reporting Initiative (GRI): Se trata de la primera institución independiente en crear un estándar a nivel global para la elaboración de memorias de sostenibilidad en organizaciones y empresas. Establece una serie de directrices que sirven como guía a aquellas empresas que deseen calibrar su influencia y repercusión económica, social y ambiental. Surge como un proyecto conjunto entre el PNUMA y la organización CERES (Coalition for Enviromentally Responsible Economies), para dar rigor, calidad, credibilidad y verificabilidad a la las memorias de sostenibilidad elaboradas por las empresas, hasta equipararlas con otros informes como los de tipo laboral, comercial o financiero. Actualmente es una institución independiente con sede en Ámsterdam, que cuenta entre sus filas con organizaciones no gubernamentales (ONG), sindicatos, investigadores, economistas, ecologistas, inversores privados y otras corporaciones.

Pero además de las certificaciones o verificaciones de los SGA, que es algo amplio que afecta a toda la organización o a una parte importante de la misma, existen multitud de ecoetiquetas que se conceden a aquellos productos cuyo ciclo de vida se adapta a una serie de requisitos ambientales establecidos por una norma, un organismo público o un ente privado, que garantiza el cumplimiento de esos criterios ecológicos.

Dependiendo de quién otorgue la ecoetiqueta al producto, se distinguen tres tipos:

1. Ecoetiquetas (propiamente dichas): también llamadas etiquetas tipo I, obedecen a un “programa voluntario y multicriterio de certificación por tercera parte, que concede etiquetas a aquellos productos medioambientalmente preferibles, frente a otros similares dentro de una misma categoría, y basándose en consideraciones del ciclo de vida” según la definición contenida en la Norma ISO 14024.

En todo caso, serán organismos independientes los que certifiquen que el ciclo de vida de un producto determinado, cumple con los requisitos establecidos para la concesión de una determinada ecoetiqueta, algunas de las más famosas a nivel mundial son:

a. Ángel Azul (Alemania): Fue la primera en aparecer, en 1978, y hoy en día se extiende a más de 3.800 productos de todo el mundo.

b. US Green Seal: Desde 1989 concede su propia ecoetiqueta a productos que cumplen con los criterios de la Agencia de Protección Ambiental (EPA), las Normas ISO 14020 y 14024, y la Red Mundial de Etiquetado Ecológico.

c. EU Ecolabel: Es la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, de aplicación voluntaria y cuyos criterios se han desarrollado y acordado por expertos científicos, las ONG y los propios organismos y organizaciones interesados.

2. Autodeclaraciones ambientales: conocidas igualmente como etiquetas tipo II las realizan los propios fabricantes conforme a sus propios criterios ecológicos. Es la Norma ISO 14021 la que especifica los requisitos relativos al etiquetado ambiental de este tipo. Este tipo de etiquetas no son verificables por terceros, por lo que deben ser sencillas, fácilmente distinguibles de otros signos y nunca deben representar elementos de la naturaleza a no ser que guarden una relación directa y verificable con ellos, de otra manera estaría en riesgo la confianza del consumidor. Un ejemplo es el bucle de Möbius, que se ha convertido en el símbolo internacional del reciclaje.

 

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3. Declaraciones ambientales de producto: definidas en la Norma ISO 14025 se diferencian por ofrecer al comprador información cuantitativa y detallada sobre los contenidos del producto, basada en indicadores verificables. Un ejemplo es el sistema de certificación científica "Eco-Descripción Certificada".

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