Inspección, certificación y acreditación

En el proceso del control de calidad sobre los productos de  agricultura ecológica aparecen a menudo términos que pueden intercambiarse de manera inadecuada o crear confusión, y son muy importantes por lo que van a definirse a continuación por separado.

        A.    INSPECCIÓN

Las producciones agrícolas ecológicas que deseen certificarse como tal, deben someterse a inspecciones periódicas que constaten que allí se cumplen los requisitos normativos de aplicación. La función del inspector consiste en evaluar la forma de actuar de los agricultores, en base a la documentación de la que disponga, sus propios testimonios, y la observación directa en la propia parcela.

El inspector coteja que los registros y observaciones se correspondan con la realidad de la explotación agrícola, mediante prácticas como por ejemplo la toma de muestras para su evaluación posterior en un laboratorio autorizado, y puede actuar sin previo aviso, beneficiándose así del factor sorpresa.

Pero esos análisis de laboratorio no suelen realizarse de manera indiscriminada, por lo costoso del proceso (económicamente nada rentable), sólo se usan cuando la inspección tenga sospechas fundadas de que en el cultivo en cuestión se estén aplicando sustancias prohibidas.  Los análisis químicos quedan muy mermados para detectar residuos de fertilizantes y pesticidas en muestras que se hayan extraído cierto tiempo atrás, y sólo revelan el contenido de una sustancia específica, en una determinada muestra y para un determinado momento.

        B.    CERTIFICACIÓN.

Tras el paso anterior, el inspector remite un informe escrito al organismo certificador, dónde refleja sus conclusiones, y éste último (con los datos en su poder) evaluará si la explotación agrícola es merecedora del certificado ecológico y, si lo es, asegurará por escrito que cumple con los requisitos establecidos por la norma de referencia (otorgándole un distintivo normalizado).

Véanse a continuación algunos tipos de certificación comúnmente utilizados en agricultura ecológica:

1.    Certificación internacional: la llevan a cabo organismos de reconocido prestigio mundial, ganado por una larga y constatada experiencia en la certificación de explotaciones de agricultura ecológica. La mayoría de los grandes importadores recurren a sus servicios, porque suelen dar cobertura en todo el planeta y porque son reconocidos por sus ciudadanos. Los principales inconvenientes que presentan estas certificaciones son, que a menudo desconocen las condiciones locales de los cultivos y que los costes de certificación se disparan debido a los gastos de viaje y los salarios de su personal, propios de los países occidentales.

2.    Certificación local: se dice que está presente este tipo de certificación en aquellos países o regiones en los que se ha establecido un sistema propio. Las organizaciones de certificación local suelen desponer de servicios más económicos, debido a que son precisos menos desplazamientos, sólo deben cubrir los salarios del personal local, etc. Los certificados locales apoyan el desarrollo de un mercado de productos ecológicos, doméstico y propio, lo cual está muy bien por un lado pero por otro es un hándicap a la hora de exportar los productos, ya que estas certificaciones sólo suelen tener validez dentro del propio país o región a la que pertenecen. Así, a las instituciones locales de certificación les interesa alcanzar un reconocimiento internacional, para lo cual tendrán que incorporar a su normativa los requisitos de los países importadores, lo que suele requerir de una actividad diplomática bastante intensa.

3.    Co-certificacion: Para remediar los problemas que tienen los dos sistemas de certificación anteriormente citados, últimamente, la mayoría de las organizaciones de certificación de los países occidentales, han optado por establecerse en los países de origen de los productos, abriendo establecimientos de todo tipo (laboratorios, locales, oficinas…) a objeto de llevar a cabo las inspecciones in situ y trabajar en colaboración con el personal (propio) de los países exportadores. El trabajo de inspección sigue siendo supervisado por la oficina central, pero el gasto en sueldos y desplazamientos cae considerablemente. Además, los inspectores locales presentan numerosas ventajas para el proceso (hablan el mismo idioma, conocen las explotaciones, están familiarizados con las condiciones locales, etc.).

4.    Certificación de pequeños propietarios: existen numerosas explotaciones agrícolas ecológicas que reúnen a un conjunto de pequeños propietarios e implementan modelos de certificación propios (denominados “de grupo”), muy común en los países del sur. Esto es así porque las organizaciones extranjeras ofrecen precios de certificación fuera del alcance de los pequeños productores. Normalmente los agricultores con producciones similares, establecen un sistema de control interno (ICS) común, que establece reglas para el conjunto. El ICS opera bajo un acuerdo suscrito por los agricultores, creándose así una institución de control con sus propias normas. Los inspectores internos van a revisar las fincas periódicamente, con el amparo de un sistema interno de sanciones para aquellos agricultores que no cumplan con los requisitos previamente establecidos. Pero al final debe haber certificadores externos que reinspeccionen el correcto funcionamiento del ICS y, aleatoriamente, un cierto número de fincas (como muestra representativa).

Pero si bien, el establecimiento de un ICS puede ahorrar costes de inspección y certificación, y ayudar a los agricultores a llevar registros sobre su producción, la implantación y mantenimiento de un ICS requiere dotar al sistema de una considerable cantidad de mano de obra y se generan gastos salariales que se suman a los del proceso de reinspección finalmente requerido (siempre habrá una parte de las explotaciones que sean inspeccionadas dos veces). Surge además, otro problema en torno a la propiedad del certificado, si se certifica al conjunto, cualquier agricultor individual (o subgrupo) necesita el consentimiento del resto para utilizar el certificado en la venta de sus productos a otros compradores. Por último, si algunos de los miembros del conjunto no superan la inspección externa, el grupo corre el riesgo de perder la certificación.

Los servicios de  asesoramiento ofrecidos por el ICS pueden contribuir notablemente al éxito de un proyecto ecológico a pequeña escala, aún cuando las inspecciones las realice una empresa externa, pero allí donde los servicios de certificación local estén disponibles, los grupos de agricultores deberán plantearse si económica y funcionalmente es más adecuada la inspección externa completa o el uso de una ICS.

       C.    ACREDITACIÓN.

Es la “certificación de la certificadora”, y se utiliza para garantizar que el organismo de certificación es competente para llevar a cabo la inspección y certificación de la explotación agrícola.

Numerosas instituciones autorizadas evalúan periódicamente los programas de certificación y comprueban su correcto funcionamiento en concordancia con ciertos criterios establecidos reglamentariamente.

Si finalmente la certificadora cumple con lo establecido por la acreditadora, su programa de certificación será acreditado.

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