Fundaciones - Concepto - Definición

DEFINICIÓN

 

Según el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, una fundación es lo siguiente:

 

1. f. Acción y efecto de fundar.

2. f. Principio, erección, establecimiento y origen de algo.

3. f. Der. Persona jurídica dedicada a la beneficencia, ciencia, enseñanza, o piedad, que continúa y cumple la voluntad de quien la erige.

4. f. de sus. Documento en que constan las cláusulas de una institución de mayorazgo, de una obra pía, etc.

 

Aunque una definición interesante y extendida podría ser la siguiente:

Organización sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica privada, con unos fines u objetivos determinados que siempre serán de interés social.

Una de sus principales características es que por voluntad de sus fundadores tiene afectado de manera permanente su patrimonio  (dinerario o no) para la consecución de estos objetivos.


 

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