Consolidación por integración proporcional

Este método se utiliza con sociedades multigrupo.

 

Sociedades en las que se tiene una participación inferior al 50% y en las que se comparte su gestión con otra(s) sociedad(es) ajena(s) al grupo.

 

No obstante, hemos comentado anteriormente que la matriz puede elegir consolidar este tipo de sociedades aplicando el método de puesta en equivalencia (que se verá más adelante).

 

Se entiende que la gestión de la sociedad participada es compartida cuando:

 

Viene recogido en sus estatutos.

 

O los distintos accionistas que comparten la gestión tienen derecho de veto en la toma de decisiones.

 

La integración proporcional funciona igual que la integración global, con la diferencia de que a la hora de elaborar las cuentas agregadas las partidas de balance y cuenta de resultados de la sociedad multigrupo se ponderan por el porcentaje de participación que se posea.

 

Por ejemplo, si la Sociedad A tiene el 40% de B (sociedad multigrupo), las rúbricas de balance y cuenta de resultados esta sociedad que se incluyen en la cuenta agregada van ponderadas por este 40%.

 

A la cuenta agregada se le aplicarán los mismos ajustes que vimos en la integración global, si bien, cuando se trate de eliminar posiciones, operaciones o resultados intragrupo, sus importes irán ponderados por el porcentaje de participación.

 

Supongamos que una sociedad vende a una participada existencias por importe de 2.000 euros, obteniendo un beneficio de 500 euros. A cierre de ejercicio esta mercancía sigue en almacén y la deuda aún no se ha pagado.

 

Imaginemos que la matriz posee el 60% de esta participada, que consolida por integración global. En este caso habrá que ajustar en balance el valor de las existencias (-500 euros) y de clientes y proveedores (-2.000 euros), mientras que en la cuenta de resultados habrá que ajustar ventas y compras (-2.000 euros) y resultados (-500 euros).

 

Imaginemos ahora que la matriz tan sólo posee el 40% de esta participada, que consolida por integración proporcional. En este caso habrá que ajustar en balance el valor de las existencias (-200 euros), y de clientes y proveedores (-800 euros), mientras que en la cuenta de resultados habrá que ajustar ventas y compras (-800 euros) y resultados (-200 euros).

 

Con este método no se recoge en las cuentas consolidadas del grupo la participación de otros accionistas en el capital de la sociedad multigrupo.

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