La definición

LA DEFINICIÓN LÓGICA.

El punto referencia  que determina una división o una clasificación es la extensión de los conceptos.

En cambio, la definición se realiza desde el punto de vista del contenido de los mismos.

Con la definición lo que se pretende es determinar la esencia del objeto real al cual el concepto se refiere, con carácter de ley natural.

TIPOS DE DEFINICIÓN LÓGICA.

Hay diversas clasificaciones de la definición. Adoptaremos la de Castex.

1. La definición nominal.

2. La definición genética.

3. La definición existencial.

4. La definición lógica, propiamente dicha (o conceptual).

LA DEFINICIÓN NOMINAL.

La definición nominal hace referencia al significado de un concepto por medio de la mención de otros conceptos ya conocidos.

Muchas veces utiliza palabras sinónimas o proporciona la etimología de la palabra. Esta definición es muy usada en los diccionarios.

LA DEFINICIÓN GENÉTICA.

La definición genética explica la naturaleza del objeto al cual el concepto se refiere por medio de la mención del origen o causa del objeto.

Esta definición se utiliza comúnmente en Geometría o en las ciencias experimentales.

LA DEFINICIÓN EXISTENCIAL.

La definición existencial, a la que Castex llama “metafísico-existencial” no es realmente una definición lógica, pues consiste en la mostración o postulación de la existencia de un objeto, aunque a veces no llega más que a una presunción de la existencia de ese objeto.

Un ejemplo de definición existencial sería la que da San Agustín sobre el “objeto moral” llamado “mal”: “el mal es la carencia de bien”.

LA DEFINICIÓN CONCEPTUAL O LÓGICA.

La definición lógica propiamente dicha consiste en “exacta determinación del contenido del concepto por la enumeración de sus notas o características esenciales”.

Para lograr una definición perfecta, necesitamos conocer el conjunto de conceptos donde debe buscarse el concepto a definir (el género próximo) y además el puesto que ocupa ese concepto en ese conjunto (la diferencia específica). 

Al conjunto de conceptos en el que está incluido el concepto a definir lo indica el concepto genérico inmediato superior (género próximo) y al puesto que ocupa en el conjunto lo indica la característica propia de la especie (diferencia específica).

De ahí la antigua regla que dice: “Defínase  a partir del género próximo y la diferencia específica”.  

 

REGLAS DE LA DEFINICIÓN LÓGICA.

Las reglas para lograr una correcta definición lógica, a pesar de ser fundamentalmente las mismas, varían en su formulación para los diversos autores. Nosotros propondremos las que expone Castex.

1. La definición debe convenir a todo lo definido y sólo a los definidos. Si abarca menos elementos que los que se definen, se dice que la definición es muy restringida o estrecha. Si abarca más, se dice que es muy amplía.

2. La definición debe hacerse a partir del género próximo y la diferencia específica.

3. La definición no debe incluir elementos que ya estén sobre entendidos o que sean superfluos.

4. Lo definido no debe entrar en la definición. Si no se cumple esa regla se está cayendo en un error lógico que se conoce como “círculo vicioso”.

5. La definición no debe ser negativa si existe la posibilidad de que sea positiva.

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