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Tanto el exportador como el importador
podrán financiar sus operaciones:
En su moneda nacional (en el caso
de una empresa española en pesetas).
En la misma moneda en la que se ha pactado
el pago de la compra-venta, siendo esta distinta de la
divisa nacional.
En una tercera moneda, tratando
de buscar un tipo de interés más reducido.
En algunos de estos suspuestos la empresa correrá
riesgo de tipo de cambio:
Si el tipo de cambio de la divisa varía, cuando tenga
que cancelar la financiación ésta
puede que se le haya encarecido (la
variación del tipo de cambio le ha perjudicado) o se
haya abaratado (la variación
le ha favorecido).
1.- Financiación
de la exportación
En principio el exportador tratará de devolver la financiación
solicitada con los fondos que reciba del importador.
Si la moneda de cobro y la moneda de la financiación
son distintas, el exportador corre riesgo de tipo
de cambio.

2.- Financiación
de la importación
El importador tratará de devolver la financiación
recibida con los fondos que obtenga de la venta de la mercancía
importada (tras las modificaciones que introduzca).
Si el importador la vende en su mercado nacional,
cobrará sus ventas en su moneda (en pesetas, en el caso
de un importador español), por lo que cualquier financiación
en otra divisa llevará aparejada riesgo de tipo
de cambio.
3.- Cobertura del riesgo
de cambio
Cuando la empresa corre riesgo de tipo de cambio
puede asumirlo o tratar de eliminarlo:
Lo asumirá si entiende
que la evolución prevista del tipo de cambio le va a
favorecer, abaratando su financiación, pero corre el
riesgo de que ocurra lo contrario.
Si lo quiere eliminar tendría
que contratar algún instrumento financiero de cobertura
(forwards, opciones, swaps, etc.).
En cualquier caso, lo más apropiado
y conservador es que la empresa elimine su riego de tipo
de cambio:
La empresa debe tratar de ganar dinero
en su propia actividad económica y no "especulando"
sobre la posible evolución de los tipos de cambio.
Veamos algunos ejemplos
de operaciones con y sin riesgo de tipo de cambio:
a) Financiación de exportaciones:
1) La moneda de cobro y la de financiación
es la peseta. En este caso no hay riesgo de tipo de
cambio.
Supongamos que una empresa va a cobrar dentro de 90 días
el importe de su venta (1.000.000 Ptas.) y que mientras se financia
con un crédito de 1.000.000 ptas.
Llegado el vencimiento utilizará el 1.000.000 ptas cobrado
en cancelar el crédito, sin que el movimiento de tipos
le afecte lo más mínimo.
2) La moneda de cobro es el dólar
y la moneda de financiación es la peseta. En este
caso si hay riesgo de tipo de cambio.
Supongamos que el importe va a cobrar 5.000 $ y que mientras
se financia con un crédito en pesetas por la cantidad
equivalente (1.000.000 ptas. al tipo de cambio de 200 ptas/$):
Llegado el vencimiento:
Si el nuevo tipo de cambio es 220 ptas/$, los 5.000$ podrá
canjearlos por 1.100.000 Ptas., con lo que podrá devolver
el crédito y todavía le sobran 100.000 ptas.
(le ha favorecido el riesgo de tipo de cambio).
Si el nuevo tipo de cambio es 180 ptas/$, los 5.000$ cobrados
podrá canjearlos por 900.000 Ptas., por lo que tendrá
que poner de sus fondos otras 100.000 ptas. (le ha perjudicado
el riesgo de tipo de cambio).
3) La moneda de cobro y la de financiación
es el dólar: no hay riesgo de tipo de cambio.
Supongamos que esta empresa va a cobrar dentro de 90 días
el importe de su venta (5.000 $) y que mientras solicita un
crédito de 5.000 $.
Llegado el vencimiento utilizará los 5.000 $ cobrados
en devolver el crédito, sin que le afecten posibles movimiento
del tipo de cambio.
b) Financiación de importaciones
1) Se financia en la misma moneda en
la que realiza sus ventas: no hay riesgo de tipo de
cambio.
Un importador realiza una compra de 1.000.000 ptas y solicita
un crédito en pesetas por dicho importe a 3 meses.
Por la venta de estas mercancías el importador obtendrá
algo más del 1.000.000 ptas. Ese dinero lo utilizará
en devolver el crédito, sin que le afecten variaciones
de tipos.
2) Se financia en una moneda distinta
a aquella en la que realiza sus ventas: si hay riesgo
de tipo de cambio.
Un importador realiza una compra de 1.000.000 ptas y para financiarla
solicita un crédito en dólares por el valor equivalente
(5.000$, a un tipo de cambio de 200 ptas/$).
LLegado el venimiento tendra que comprar 5.000 $ para cancelar
la financiación:
Si el nuevo tipo de cambio es 220 ptas/$, los 5.000$ le costarán
1.100.000 ptas.
Si el nuevo tipo de cambio es 180 ptas/$, los 5.000$ le costarán
900.000 ptas.
(*) Nota: aunque
no se ha mencionado por simplificar, la entidad que solicita
financiación tendrá que devolver principal más
intereses.

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