Son obligaciones normales que llevan incorporadas un título
adicional que se denomina "warrant".
La obligación y el warrant, aunque se
emiten juntos, son dos títulos independientes: el obligacionista
podrá mantener los dos, vender uno de ellos, o vender los dos.
Ambos títulos cotizan en la bolsa.
La obligación con warrant tiene cierto
parecido con la obligación convertible, pero hay algunas
diferencias importantes:
En la obligación convertible no se conoce
en el momento de su emisión el precio
al que se valorarán las acciones. En el warrant este
precio sí está determinado (por ej. 1.500 ptas.).
La obligación convertible
es un único título (si el inversor
acude a la conversión deja de ser obligacionista y se convierte
en accionista). En las obligaciones con warrants, si el inversor
ejercita el warrant será al mismo tiempo obligacionista y
accionista.
En las obligaciones
convertibles el inversor podrá tan sólo en fechas
muy determinadas optar por la conversión (por ej. al
año de la emisión, a los 2 y a los 3 años). El
warrant se puede ejercitar durante un periodo más o menos extenso
(por ejemplo, durante todo el 2º año de vida de la obligación).
¿Cuándo se ejercitará el warrant?
cuando el precio al que permita comprar las acciones sea inferior
a su precio de mercado
Ejemplo: Una
obligación de Volkswagen lleva un warrant que permite comprar
5 acciones de esta sociedad a 20 euros cada una. Este warrant se
puede ejercitar durante el 3º año de vida de la obligación.
Si durante ese año en algún momento
las acciones de esta empresa cotizan por encima de los 20 euros,
interesa ejercitar el warrant, ya que permite comprar acciones a
20 euros y acto seguido venderlas en el mercado ganando la difrencia.
Si, por el contario, durante todo
ese año estas acciones cotizan por debajo de 20 euros no se
ejercitará el warrant: para qué comprar acciones a 20
euros si se pueden comprar en el mercado más baratas.
Las obligaciones con warrants ofrecen, por
tanto, un atractivo adicional frente a las obligaciones normales,
de ahí que su tipo de interés sea inferior
al de estas últimas.