Pasos para crear una Asociación-Paso 2-Elaboración de los estatutos

ELABORAMOS LOS ESTATUTOS

Los estatutos servirán de guía para el funcionamiento de la asociación que vamos a crear, ya que tendrán la misma función que una normativa que hay que cumplir, donde viene/n detallado/s el/los objetivo/s de la asociación.

Estos estatutos deben estar consensuados por los socios fundadores, aprobarse mediante acta fundacional  y presentarse en el Registro correspondiente cuando inscribamos a la asociación o modifiquemos parte de ellos.

Por ley debe tener unos contenidos mínimos, son los siguientes:

1.- DENOMINACIÓN:

Deberemos tratar de que sea lo más preciso posible con los fines que pretendemos, que de una idea clara del tipo de asociación que somos y de nuestro/s objetivo/s.

Pero debemos ser muy cuidadosos, nuestra denominación no debe en ningún caso:

·         Tener términos o expresiones que lleven a error o a confusión sobre nuestra/s actividad/es u objetivo/s.

·         Ser contraria a las leyes vigentes.

·         Coincidir o parecerse a la denominación de otra asociación inscrita en el mismo registro que nos debemos inscribir.

·         Coincidir con una persona física, jurídica o marca registrada sin el consentimiento previo de los/as mismos/as. En el caso de las personas físicas, se puede solicitar el consentimiento a los/as herederos/as si esta persona ha fallecido.

 

2.-DURACIÓN:

Especificaremos la duración en el tiempo que tendrá la asociación en el caso de que no se constituya por tiempo indefinido.

 

3.-FINES Y ACTIVIDADES:

Debemos describirlos/enumerarlos de manera precisa, pormenorizada, rigurosa y concreta.

Los fines son los objetivos que queremos conseguir con la creación de la asociación, y las actividades son las acciones que nos llevarán a la consecución de estos objetivos.

Hay que tratar de evitar que exista confusión entre unos y otros.

 

4.-DOMICILIO SOCIAL:

Tenemos que establecer un domicilio para nuestra asociación.

Este puede ser el domicilio de unos de los socios (aunque sólo con carácter provisional), o un lugar público cedido a tal efecto.

En el caso de que logremos la cesión de un local público, deberemos presentar un certificado de quien competa en el que se nos autorice expresamente a su uso como domicilio social.

 

5.-ÁMBITO TERRITORIAL:

Definiremos dónde vamos a llevar a cabo nuestra/s actividad/es principalmente.

Puede ser local, autonómico o nacional.

 

6.-ÓRGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIÓN:

Con el siguiente contenido:

·         Composición:

 

Como mínimo tendrá que tener:

 

- Presidente/a.

- Secretario/a.                Cargos básicos.

- Tesorero/a.

 

·         Reglas y procedimientos para:

 

- Elección de cargos de junta de gobierno.

- Sustitución de cargos de junta de gobierno.

- Cese de cargos de junta de gobierno.

- Modificación de estatutos.

- Adoptar acuerdos.

- Certificar acuerdos.

- Constituir de manera válida la asamblea general (ordinaria o extraordinaria).

- Convocar sesiones de los órganos de gobierno (los/as asociados/as).

- Proponer asuntos en el orden del día de las reuniones (los/as asociados/as).

 

·         Atribuciones y competencias de los cargos.

·         Duración de los cargos.

 

7.-TIPOLOGÍA DE ASOCIADOS:

Socios Fundadores:

Son aquellos que han participado en la reunión para la constitución de la asociación.

Socios Honorarios:

Esta concesión honorífica se le suele otorgar a personas ilustres.

Socios Protectores:

Son aquellas personas donantes de recursos económicos a la asociación o que pagan mayores cuotas sin que eso le genere mayores derechos.

 

8-.REQUISITOS PARA ADMISIÓN, BAJA Y EXPULSIÓN DE LOS/AS ASOCIADOS/AS:

Deben estar expresados con la máxima claridad, siendo muy explícitos, para no dejar resquicios ni lugar a dudas a la hora de aplicarlos.

 

9.-DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS ASOCIADAS:

Al igual que el apartado anterior deben estar expresados de una manera explícita y concreta.

Por lo general, en los deberes de los/as socios/as está implícito el pago de las cuotas que estimemos oportunas, por lo que es conveniente explicitar las consecuencias del impago de las mismas.

 

10.-RÉGIMEN DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN.

 

11.-RÉGIMEN SANCIONADOR:

Para los posibles casos de faltas por parte de los asociados.

 

12.-PATRIMONIO INICIAL Y RECURSOS ECONÓMICOS:

De los que dispone la asociación y de los que se podrá hacer uso por parte de la misma.

En caso de no existir patrimonio debe indicarse.

En cuanto a los recursos económicos, debe hacerse constar la manera en la que la asociación pretende mantenerse activa (cuotas, subvenciones, etc…).

 

13.-CAUSAS DE DISOLUCIÓN Y DESTINO DEL PATRIMONIO:

Debemos redactar algunas de las posibles causas por las que la asociación se disolverá (acuerdo de los socios fundadores, falta de recursos económicos, etc…), qué procedimiento se llevará a cabo ante esa disolución y dónde irán a parar los bienes patrimoniales de la asociación.

La opción más lógica para los bienes patrimoniales es la transmisión a otra asociación sin ánimo de lucro.

ENLACE CON MODELO DE ESTATUTOS:

Nivel nacional:

http://www.interior.gob.es/file/60/60148/60148.doc

Nivel autonómico (Andalucía):

http://www.juntadeandalucia.es/justiciaeinterior/opencms/portal/com/bin/portal/Justicia/ContenidosEspecificos/Asociaciones/modelos_orientativos/estatutos_asociacion.doc


 

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