Fondos propios

2.- Reservas

Las reservas son otro componente de los fondos propios:

En reservas se recoge principalmente la parte de los beneficios que la sociedad ha decidido dejar en balance y no repartir en forma de dividendos.

Cuando la sociedad decide repartir los resultados del ejercicio realizará el siguiente asiento:

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La cuenta "Dividendo activo a pagar" es una cuenta del pasivo: recoge la deuda que la empresa tiene con sus accionistas por los dividendos aprobados.

La cuenta "Remanente" recoge aquella parte del beneficio sobre la que la empresa aún no ha decidido que destino darle (se analiza más adelante).

El Plan General de Contabilidad (español) recoge, entre otras, las siguientes cuentas de reservas:

  • Prima de emisión de acciones
  • Reserva legal
  • Reservas estatutarias
  • Reservas especiales
  • Reservas voluntarias
  • Reservas de revalorización
  • Reservas para acciones propias

1.- Prima de emisión de acciones: ya se vio anteriormente que cuando la empresa amplia capital, la parte del mismo que supera el valor nominal de las acciones emitidas se contabiliza en esta cuenta.

Veamos como contabiliza la sociedad Sierra Morena la ampliación de capital realizada.

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2.- Reserva legal: la ley obliga a destinar todos los años al menos un 10% del beneficio a constituir una reserva de carácter indisponible, hasta que la misma represente al menos el 20% de la cifra de capital. Su dotación se realiza:

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3.- Reservas estatutarias: tiene el mismo funcionamiento que la reserva legal, con la única diferencia de que la obligación de constituirla no emana de una norma legal sino que son los propios estatutos de la sociedad los que recogen dicha obligación (también tiene carácter indisponible).

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4.- Reservas especiales: la ley puede exigir la obligación de dotar una reserva por un motivo determinado. Su funcionamiento es similar al de las dos anteriores y tiene también carácter de indisponible:

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5.- Reservas voluntarias: en este caso la sociedad decide voluntariamente constituir esta reserva, donde contabilizará la parte de los beneficios que decida dejar en balance, una vez que haya cumplido con las aportaciones obligatorias a la reserva legal y a la estatutaria. Su dotación se realizará de la siguiente manera:

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Esta reserva sí es disponible, por lo que en cualquier momento la empresa podrá desdotarla y distribuir su importe a los accionistas en forma de dividendos.

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6.- Reservas de revalorización: las sociedades contabilizan sus activos materiales por el precio de adquisición, pero con el transcurso de los años, y debido al efecto de la inflación, el valor contable de estos bienes suele quedar muy por debajo de su valor de mercado.

Por ello, cada cierto tiempo el Gobierno suele aprobar una ley que autoriza a las sociedades a actualizar contablemente el valor de estos bienesEl beneficio que se origina en lugar de llevarlo a resultados se lleva a una cuenta específica de reserva, que tiene carácter indisponible (mientras el activo que la ha originado no haya sido amortizado).

Supongamos que se revaloriza el valor de un inmueble, el asiento será:

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7.- Reservas para acciones propias: ya hemos visto anteriormente, al analizar el funcionamiento de la autocartera, que cuando la sociedad adquiere acciones propias está obligada a dotar una reserva por el mismo importe.

Esta reserva (de carácter indisponible) se dota con cargo a reservas voluntarias (de carácter disponible):

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Cuando la sociedad se deshace de su autocartera (por venta o por amortización) dará de baja este reserva:

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