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Las características de este medio
de pago son:
Exige cierto nivel de confianza en el
importador, ya que su nivel de
seguridad sigue siendo reducido (aunque algo superior
al del cheque y la orden).
Su coste es más elevado
que el de los dos instrumentos anteriores.
Operativa de la exportación:
El exportador envía la mercancía
y la documentación necesaria para que ésta
pueda ser recibida por el importador.
Asimismo, emite un documento financiero
(letra de cambio o pagaré).
El banco del exportador envía
este documento al banco del importador,
quien se lo presenta a su cliente:
Para que proceda a su pago,
si la venta es con pago al contado.
Para su aceptación, si
la venta es con pago aplazado.
La aceptación es el acto
por el que el importador reconoce que dicho documento financiero
recoge una deuda efectiva que tiene con el exportador y se compromete
a su pago a la fecha de vencimiento de dicho documento.
Cuando la letra ha sido aceptada, el exportador puede:
Esperar a su vencimiento para
proceder a su cobro.
Descontarla en su banco.
Riesgo de este medio de pago:
El importador, una que ha recibido
la mercancía, se puede negar al
pago o a la aceptación de la letra de cambio.
No obstante, con este medio de pago al menos se
evita el posible retraso que se podía dar con
el cheque bancario y con la orden simple:
Antes era el importador quien decidía cuando solicitar
el cheque o transferencia, mientras que ahora es el
exportador quien inicia el procedimiento con el envío
de la letra de cambio.


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