se promulga el Acta de Declaración de Independencia de América Septentrional

El 6 de noviembre de 1813 se aprueba y redacta el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional respecto a la metrópoli española en un congreso que se lleva celebrando en  Anáhuac (provincia de Chilpancingo) desde el 13 de Septiembre del mismo año.

El principal convocante de la celebración del congreso será José María Morelos.

Por la citada acta, se disolvía la dependencia de estos territorios respecto a la nación española, se declaraba el catolicismo como única religión permitida y se advertía que todo aquel que se opusiese a tal independencia (protegiendo a los europeos o negándose a contribuir económicamente como se dispusiese) sería condenado como colaborador con los opresores.

 

m,

El texto íntegro dice así:

El Congreso de Anáhuac, legítimamente instalado en la ciudad de Chilpancingo, de la América Septentrional, por las provincias de ella, declara solemnemente, a presencia del Señor Dios, árbitro moderador de los imperios y autor de la sociedad, que los da y los quita según los designios inescrutables de su providencia, que por las presentes circunstancias de la Europa ha recobrado el ejercicio de su soberanía, usurpado; que, en tal concepto, queda rota para siempre jamás y disuelta la dependencia del trono español; que es árbitro para establecer las leyes que le convengan para el mejor arreglo y felicidad interior, para hacer la guerra y la paz y establecer alianzas con los monarcas y repúblicas del antiguo continente, no menos que para celebrar concordatos con el sumo pontífice romano para el régimen de la Iglesia católica, apostólica, romana, y mandar embajadores y cónsules; que no profesa ni reconoce otra religión más que la católica, ni permitirá ni tolerará el uso público ni secreto de otra alguna; que protegerá con todo su poder y velará sobre la pureza de la fe y de sus dogmas y conservación de los cuerpos regulares; declara por reo de alta traición a todo el que se oponga directa o indirectamente a su independencia, ya sea protegiendo a los europeos opresores, de obra, palabra o por escrito, ya negándose a contribuir con los gastos, subsidios y pensiones para continuar la guerra hasta que su independencia sea reconocida por las naciones extranjeras; reservándose al Congreso presentar a ellas por medio de una nota ministerial, que circulará por todos los gabinetes, el manifiesto de sus quejas y justicia de esta resolución, reconocida ya por la Europa misma.

Dado en el palacio nacional de Chilpancingo, a 6 días del mes de noviembre de 1813 años”.

Contenidos que te pueden interesar
Este sitio usa cookies para personalizar el contenido y los anuncios, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico. Ninguna cookie será instalada a menos que se desplace exprésamente más de 400px. Leer nuestra Política de Privacidad y Política de Cookies. Las acepto | No quiero aprender cursos gratis. Sácame