AulaFacil.com: CLICK AQUÍ para aprender cientos de cursos gratis
      


 

27ª CLASE
Ejercicios

 

Lección 26

Efectos impositivos de la consolidación

 

Normalmente las empresas que forman parte de un grupo consolidado liquidan sus impuestos individualmente. En este caso, ciertos ajustes que se producen en el proceso de consolidación y que afectan a la cifra de resultados pueden tener efectos impositivos.

Otros grupos, en cambio, liquidan sus impuestos a nivel "grupo", en cuyo caso los ajustes de consolidación no producen efectos impositivos.

Centrándonos únicamente en el primer caso, podemos distinguir:

Ajustes de consolidación con efectos en impuestos: eliminación de resultados procedentes de:

Operaciones de compra-venta de existencias.

Operaciones de venta de inmovilizado.

Operaciones de compra-venta de activos financieros.

Ajustes que no tienen efectos impositivos:

Amortización de fondos de comercio.

Cobro de dividendos de empresas del grupo.

Contabilización de resultados de sociedades por puesta en equivalencia.

Los ajustes que tienen efectos impositivos son los que producen modificaciones en la cifra de resultados de carácter temporal.

Por ejemplo, el resultado obtenido en la compra-venta de existencias entre empresas del grupo sólo se considera realizado cuando estos productos han sido vendidos a terceros. Mientras permanezcan en almacén se considera que el resultado no se ha realizado.

Por su parte, los ajustes que no tienen impacto en impuestos son los de carácter permanente:

Por ejemplo, cuando se amortiza fondo de comercio se reduce el beneficio con carácter definitivo.

El efecto impositivo de la consolidación afecta a las siguientes rúbricas:

Impuesto sobre beneficios: es la cuenta de pérdidas y ganancias donde se recoge este efecto.

Impuesto sobre beneficios anticipado: es una cuenta de activo. En ella se recoge un impuesto que se ha pagado y que no correspondía; es un crédito que el grupo tiene con Hacienda. Este efecto se origina cuando en la consolidación se de baja un beneficio contabilizado que no se ha realizado.

Una sociedad del grupo tenía contabilizado un beneficio (por el que había pagado unos impuestos) que a nivel de grupo se considera no realizado.

Por ejemplo, venta de existencias entre empresas del grupo, en la que la sociedad vendedora contabiliza un beneficio, cuando a cierre del ejercicio dichas existencias siguen en almacén.

Impuesto sobre beneficios diferido: es una cuenta de pasivo. En ella se recoge un impuesto que no se ha pagado y que había que haberlo hecho; es una deuda que el grupo tiene con Hacienda. Este efecto impositivo se origina cuando en la consolidación se de alta un beneficio que no se había contabilizado.

Una sociedad del grupo no tenía contabilizado un beneficio (y, por tanto, no había pagado impuestos) que a nivel de grupo se considera realizado.

Por ejemplo, venta de existencias entre empresas del grupo, en la que la sociedad vendedora contabiliza una pérdida, cuando a cierre del ejercicio dichas existencias siguen en almacén.

 


Lección 25

Lección 27

 




Haz AulaFácil tu página de inicio             Envía esta página a un amigo

Envíanos un comentario       Página de Inicio       Contáctanos       ¿Quiénes somos?
Este es un producto de AulaFacil S.L. - © Copyright 2000
Diseñado por Compás3 Comercio Electrónico S.L.