Etapa 2. Hipótesis alternativas respecto al problema

Con la información que tenemos , hemos identificado un problema de acoso escolar y, en este momento, podría comenzar la segunda etapa del modelo, referida a la necesidad de plantearse diferentes alternativas al problema. Es necesario explorar otras posibilidades, otras formas de percibir el problema, por ejemplo, solicitando ayuda a colegas especializados, en este caso, profesionales especializados en atención a menores y en maltrato infantil.

Pero y aunque sea recomendable siempre, según lo expresado en la Guía (Punto 2.2.) del COPC1, escuchar, atender y dar credibilidad a este tipo de manifestaciones realizadas por los niños y adolescentes, en principio, solo contamos con la información proporcionada por la alumna. No ha habido entrevistas a su círculo familiar ni social (amigos/-as, compañeros/as). La única entrevista que ha hecho el psicólogo aparte de la propia de la demanda ha sido una consulta a la tutora de la alumna, y no ha habido ningún otro indicio que confirmara el caso.

Por tanto, y considerando esto, una hipótesis alternativa que podríamos formular sería que No hay caso de acoso escolar, y se puede tratar de una llamada de atención de la alumna, con lo que el problema identificado ya no sería un caso de malos tratos sino que estaríamos ante otro muy distinto.

Según informa la tutora, la única circunstancia a la que podía hacer mención era a que sus calificaciones no eran muy buenas; la nota que aparece al día siguiente en la consulta del psicólogo, no tiene porqué haber sido realizada por otra persona, sino por la propia alumna.

Si éste fuera el caso, deberíamos valorar qué ha conducido a la menor a expresar esta demanda, pues posiblemente sea el síntoma de la existencia de un malestar, para el que se requerirá igualmente intervención.

En esta etapa tanto si existe el caso de malos tratos como si no existe y fuera una invención de la alumna, si el psicólogo no estuviese especializado en la materia, sería el momento más adecuado para solicitar ayuda especializada a otros colegas, tal como se recoge en el Artículo 17º -por el que el psicólogo/a debe estar lo suficientemente preparado y especializado, debiendo reconocer los límites de su competencia-, Si fuera el caso, serían de aplicación, los Artículos 16º, por el que el psicólogo mantendría su posición de independencia y autonomía, aunque entren otros profesionales; 20º -asegurar las correspondientes conexiones con otras áreas disciplinares- y el 23º -respeto recíproco entre el psicólogo y los profesionales consultados.


 

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