Pasos para crear una fundación-Paso 9-Vamos al Registro

Una vez que obtengamos el informe positivo del protectorado o del órgano competente, iremos al registro que corresponda según nuestro ámbito de actuación; al Registro autonómico para el ámbito autonómico y al Registro de fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el caso de ámbito nacional; con la documentación señalada en los pasos anteriores además de 2 copias validadas de la escritura pública y la solicitud de inscripción.

Toda la documentación necesaria se encuentra en los listados siguientes:

Nivel nacional:

http://mspsi.es/fundaciones/modelos/docs/guiaComprobacionPrimeraInscripcion.pdf

 

Nivel autonómico (Andalucía):

http://www.juntadeandalucia.es/justiciaeinterior/opencms/portal/com/bin/portal/Justicia/ContenidosEspecificos/Fundaciones/Tramites/modelos/guia_control_documental.doc

 

Posteriormente, la entidad recibirá una certificación del Registro de Fundaciones en la que se indicará que la Fundación ha sido clasificada y registrada y puede empezar a operar.

Tiempo después la inscripción saldrá publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín autonómico correspondiente en aquellas Comunidades Autónomas en las que la clasificación de las fundaciones se publica.

 

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO:

Nivel nacional:

http://mspsi.es/fundaciones/modelos/docs/primeraInscripcion.pdf

 

Nivel autonómico (Andalucía):

http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/clara/adj/cpr/1-59-151@1-76-5/00010350R.pdf


 

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