Sistema de Gestión Energética VI-Certificación del SGEn

 Certificación de los SGEn:

Es un requisito requerido por las empresas como elemento integrante en sus políticas como factor de competitividad y posibilidad de desarrollo. Es imprescindible que la Entidad de Certificación que presta servicio sea técnicamente competente, indispensable y fiable.
La Entidad de Certificación son aquellas organizaciones privadas, que tienen como función evaluar la conformidad y certificar el cumplimiento de una norma de referencia, ya sea del producto, del servicio o del sistema de gestión de una organización. Deben ser independientes de la organización a auditar. Son las responsables de reconocer la capacidad de evaluar la conformidad y emitir certificados e informes.

Los certificados son evaluadas por Entidades Nacionales de Acreditación para disponer de un reconocimiento de su capacidad para realizar su función como entidad evaluadora. ENAC son entidades designadas por la Administración para establecer y mantener el sistema de acreditación a nivel nacional, de acuerdo a normas internacionales. Tienen como misión evaluar la competencia técnica de los organismos de evaluación. Es necesario certificar el sistema de gestión ya que es valor agregado que terceros de renombre auditen independientemente sus sistemas de gestión, informar sus hallazgos y documenten el resultado mediante la emisión de un certificado.

Etapas de la Concesión del certificado:

  1. Solicitud y contrato: cualquier organizacion puede solicitar a una entidad de certificación, la certificación y consecuente concesión del certificado. LA entidad de certificación facilitara la documentación necesaria con la información recibida, establecerá las condiciones contractuales económica y técnicas.
  2. Recepción de la solicitud: la entidad de certificación analizara la solicitud y la información remitida por la organización y solicitara la complementaria que precise para llevar a cabo la auditoria inicial.
  3. Auditoria inicial: tiene como finalidad determinar si es sistema de gestión implantado por la organización cumple con los requisitos establecidos la normativa. La entidad de certificación enviara a la organización el plan d ela auditoria inicial en el que se indicara las fechas de realización, el equipo auditor designado, el lugar o lugares donde ese llevara a cabo, el alcance y otros datos relevantes.
  4. Evaluación y acuerdos: la entidad de certificación evaluara la información recopilada en la auditoria inicial. En relación con la certificación y concesión del certificado que lo atestigua y en función de toda la información evaluada, la entidad adoptara uno de los siguientes acuerdos:
    • Conceder la certificado.
    • Conceder el certificado y llevar a cabo una auditoria extraordinaria.
    • No conceder el certificado hasta la realización de la auditoria extraordinaria con resultados favorables.
  5. Concesión del certificado: el certificado sera valido por un máximo de 3 años. Con el certificado otorgara a la organización certificada licencia para usar la marca correspondiente.

Mantenimiento de la Certificación:
presenta dos puntos:
1. Auditorías de seguimiento: la Entidad de Acreditación efectuara unas auditorías anuales del sistema de gestión con el fin de comprobar si mantiene eficazmente implantado. Previamente la entidad enviara el plan correspondiente indicando:

  • Fechas de realización.
  • Equipo auditor.
  • Lugar o lugares donde se llevara a cabo.
  • Alcance y otros datos relevantes.

2. Evaluación y acuerdos: tras la auditoria, la entidad evaluara los informes derivados y el plan de acciones correctivas. En función de la información evaluada, adoptara:

  • si mantiene la certificación,
  • es preciso llevar a cabo un auditoria extraordinaria.

Renovación del certificado:

Al menos 3 meses antes de finalizar la validez del certificado, se efectuara una auditoria con el fin de verificar si procede a su renovación, para ello lo hará de la misma forma que se explico anteriormente. La entidad de certificación evaluara la información recopilada en función de esa información adoptara:

  • Renovar el certificado, con o sin reducción del alcance.
  • Renovar el certificado y llevar un auditoria extraordinaria.
  • No renovar el certificado.
  • Aplicar una de las sanciones previstas.

La emisión del certificado renovado, se hará, de acuerdo con la renovación, se emitirá el certificado por un plazo máximo de 3 años de vigencia. Las renovaciones se realizan por periodos consecutivos máximos de 3 años.

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Manuel Jesús Gómez Limón

Licenciatura en Ciencias Ambientales

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