Marco legal internacional

En el ámbito internacional, como ya mencionamos, Naciones Unidas ha realizado varias Conferencias, Protocolos y Convenciones para avanzar en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Las diferentes Conferencias de la Mujer han derivado en Planes de Acción, que son herramientas de referencia para la promoción de la igualdad efectiva.

Aquí podemos obtener toda la información al respecto: UN

Como también apuntamos, la OIT ha realizado varios Convenios y Declaraciones:

  • Convenio 100 (1951), relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra femenina y masculina.
  • Convenio 111(1958), relacionado con la no discriminación en materia de empleo.
  • La Declaración sobre Igualdad de Oportunidades y de Trato entre mujeres y hombre en el empleo (1975). Que se adoptó cuando en dicho año se declaró Año Internacional de la Mujer por parte de la ONU. Aquí se habla de la necesidad de tomar medidas en relación a cosas como el lenguaje sexista, acabar con la segregación vertical y horizontal, protección de la maternidad, entre otras.
  • Convenio 156 (1981) sobre las trabajadoras/es con responsabilidades familiares. Se insta a promover la igualdad efectiva entre trabajadoras y trabajadores de diferente género (aunque aquí se habla de sexo) con cargas familiares.
  • Resolución (1985) sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre mujeres y hombres en el mismo empleo. Se definen objetivos concretos y medidas para el desarrollo y la implementación de lo que ya se puso de relevancia en La Declaración sobre Igualdad de Oportunidades y de Trato entre mujeres y hombres en el empleo. En los ámbitos de acceso al empleo, la remuneración, las condiciones, la maternidad, las responsabilidades familiares, la Seguridad Social, la toma de decisiones, entre otras.
  • Convenio 183 (2000), sobre la protección de la maternidad.

Para más información sobre estas medidas: OIT

Si se analizan los diferentes Convenios, Declaraciones y Resoluciones se puede ver el avance que se va haciendo en la percepción de la igualdad. Ya que, si revisamos algunos de los primeros documentos, podemos encontrar cómo se habla sólo de trabajadores, no de trabajadoras, cómo se enfoca el trabajo, la maternidad, etc.

Hay un amplio paraguas que abarca lo relacionado con la igualdad. La realidad es que muchas de las pautas que se señalan no son vinculantes, o que en caso de que los sean, están en los “papeles” pero no llegan a implementarse de manera efectiva. De ahí que se empiece a hablar de igualdad efectiva o igualdad real.

Por un lado, está la igualdad en la documentación y legislación, y por otro, la igualdad que pueden disfrutar las personas en sus realidades. Esto lo vamos a ir viendo en todos los niveles: internacional, europeo y nacional.

Ana Valero Rey

Consultora y formadora en temáticas de género e igualdad

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