Sanciones disciplinarias

  1. Circular en las instalaciones o en el comedor de la asociación, fuera de las horas de receso y si su trabajo no lo requiere, incluyendo el abandono de su puesto de trabajo sin el permiso de su coordinador, director o gerente.
  2. Dormir en horas de trabajo
  3. Comer en el área de trabajo
  4. Operar maquinas o equipos sin previa instrucción o permiso
  5. Colocar o quitar notas o avisos del mural de la asociación sin autorización para el efecto.
  6. Crear, dirigir o participar en cualquier juego de azar
  7. Distribuir materiales políticos, religiosos 0 de cualquier tipo ajenos a la asociación
  8. Hacer entorpecer el normal desenvolvimiento de las labores, mediante actividades conflictivas.
  9. Envolverse en relaciones sentimentales con compañeros o compañeras de trabajo que puedan reñir con la moral, o que afecten el buen desenvolvimiento de las funciones asignadas.
  10. Se prohíbe realizar negocios personales dentro de la asociación. Las rifas, ventas de artículos y prestamos de bienes y efectivo, dentro de las instalaciones de la asociación.
  11. En los lugares de trabajo se prohíbe el uso de celulares, beepers, goma de mascar, comidas bebidas, lapiceros, fósforos, encendedores, etc.; ya que interfieren en la seguridad y en la calidad del trabajo.
  12. Los equipos, herramientas y materias primas de la asociación son exclusivamente para los fines de ésta, no pudiendo ningún trabajador utilizarlas para fines personales, ni sacarlas del lugar del trabajo.

 

REQUISITOS DE ADMISIÓN A LA ASOCIACIÓN.

El personal de nivel operativo será elegido mediante una entrevista previa, para determinar si califica para aplicarle el proceso completo de la selección.

Al personal de nivel Técnico-Profesional, le serán aplicadas las pruebas Psicometrías según la posición solicitada, previo a cualquier entrevista, y así continuar el proceso.

Los documentos a depositar en las oficinas de Recursos Humanos son los siguientes:

  • Hoja de vida
  • Cédula de vecindad
  • Cartas de recomendación
  • Certificado de Estudios o de Capacitación
  • Historial Salarial
  • Solicitud de Ingreso

Después de cumplidos los requisitos señalados en el inciso anterior, el solicitante seleccionado será admitido en la asociación y durante los primeros dos meses se le considerará en periodo de prueba.

 

Si aun recibiendo el entrenamiento requerido para el buen desempeño de sus funciones, durante sus dos primeros meses (periodo de prueba) el colaborador no adquiere la eficiencia en el trabajo de acuerdo a los parámetros de la asociación, se le considerara como no apto para seguir trabajando y se dará por terminado el contrato de trabajo, sin perjuicio al pago de sus prestaciones si sobre pasará el limite de dos meses en la asociación.

 

En ningún caso el colaborador contratado recibirá una retribución menor al salario mínimo establecido por Ley.

 

Los colaboradores promovidos a Otras posiciones cuyo salario mínimo es mayor al que el colaborador esta devengando al momento de la promoción, entraran en un periodo de prueba no mayor de dos meses para poder devengar el salario de la nueva posición. Salvo que el Director General 0 Junta Directiva determinen algo diferente.

 

IDENTIFICACIÓN

La asociación provee de un carné de identificación a cada trabajador, el cual contiene su fotografía y vigencia de contrato laboral.

 

El colaborador debe usar su carné de identificación y fijarlo en un lugar visible de la parte superior de su vestuario, mientras este en el recinto de la asociación o en representación de la misma fuera de ella. El trabajador es responsable del deterioro o perdida de carné. En los casos de pérdida, destrucción o deterioro por mal uso; el trabajador reportará de inmediato al responsable de los Recursos Humanos, quien le emitirá Otro carné a costa del trabajador.

 

El carné de identificación deberá ser presentado por el trabajador para entrar a la asociación ya que es un requisito indispensable para ingresar a sus instalaciones.

 

DÍAS DE ASUETO Y FERIADOS.

Los días de asueto y feriado son los declarados por ley como tales. En caso necesario y de mutuo acuerdo entre el colaborador y el trabajador, se trabajará el día de asueto o feriado y en este caso se le repondrá el doble del tiempo trabajado, pues la asociación no cuenta con fondos para el pago del tiempo extraordinario.

 

MODALIDADES DE CONTRATO Y PAGO.

  • Las modalidades de pago 0 contrato al personal son las siguientes:
  • Por sueldo fijo (contrato por tiempo indefinido)
  • Por horas (a destajo)
  • Por contrato para prestación de servicios técnicos 0 profesionales.
  • El pago al personal se realizara el último día hábil del mes laborado.
  • Días antes al pago se le entrega al personal un comprobante preliminar, en el cual se le indicara los conceptos y montos devengados, los descuentos de ley y los que el trabajador haya autorizado. Este preliminar se entrega para que el trabajador lo verifique y si tiene algún tipo de reclamación esta se procese a tiempo.

 

CAPACITACION

La asociación le facilitará a su personal la oportunidad de capacitarse en todo lo concerniente a la posición que desempeña en la asociación, esto se realiza a través de la coordinación con el INTECAP u otras instituciones independientes tanto nacionales como internacionales, donde solo se requiere la disposición del colaborador a desarrollarse al nivel de competitividad de la asociación.

 

PROMOCIONES INTERNAS

Nuestra asociación cuenta con un sistema de promociones internas donde el colaborador con disposición a crecer y desarrollarse en la misma, tiene la oportunidad de ocupar o ascender a otras posiciones, responsabilizándose la asociación a entrenar y capacitar a este colaborador en su nueva posición.

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