Exigible a largo plazo

Dentro del pasivo a largo plazo se recogen aquella financiación que obtiene la empresa cuyo plazo de exigibilidad es superior al año.

Entre las diversas cuentas que aquí se incluyen se pueden destacar:

Empréstitos y otras emisiones análogas

Deudas a largo plazo por préstamos recibidos

Proveedores de inmovilizado a largo plazo

Deudas a largo plazo con empresas del grupo y asociadas

En todos los casos de deudas a largo plazo, cuando por el transcurso del tiempo quede menos de 1 año para su vencimiento hay que traspasar su saldo a una cuenta equivalente del corto plazo: (por ejemplo, veamos el supuesto de deudas con entidades de crédito).

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1.- Empréstitos y otras emisiones análogas

La empresa puede financiarse mediante la emisión de títulos de renta fija que coloca en el mercado. Estos títulos pueden ser:

Bonos y obligaciones: valores de renta fija con vencimiento a largo plazo (desde 18 meses hasta 10, 15 años, o incluso sin vencimiento).

Pagarés: valores de renta fija con vencimiento hasta un máximo de 18 meses.

Otros valores de renta fija.

Este valores emitidos se recogen en las siguientes cuentas:

Obligaciones y bonos

Deudas representadas en otros valores negociables

a) Emisión

Cuando se reciben estos fondos se realiza el siguiente asiento: (supongamos que se trata de una emisión de obligaciones )

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Cuando quede menos de 1 año para su vencimiento se traspasará su saldo a otra cuenta a corto plazo:

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b) Intereses explícitos e implícitos

Estas deudas pueden conllevar un coste financiero que puede ser de dos tipos:

Intereses explícitos: son aquellos costes financieros que vienen expresados por un tipo de interés: por ejemplo, obligaciones a 10 años, con un tipo de interés del 8%.

Intereses implícitos: son aquellos costes financieros que no vienen expresados por un tipo de interés, sino por la diferencia entre el importe pagado en su adquisición y el que se va a recibir a su vencimiento.

Esta diferencia puede venir motivada por:

Prima de emisión: al suscribir la deuda se paga menos que su valor nominal.

Por ejemplo títulos de 1.000 euros de valor nominal con una prima de suscripción del 5%. El inversor al adquirirla paga un 5% menos (950 euros), mientras que a su vencimiento recibe la totalidad de su valor nominal (1.000 euros).

Prima de reembolso: al vencimiento el inversor recibe un importe superior al de su valor nominal.

Por ejemplo títulos de 1.000 euros de valor nominal con una prima de reembolso del 3%. El inversor cuando la adquiere paga la totalidad de su valor (1.000 euros), pero a su vencimiento recibe un 3% más (1.030 euros).

Es muy corriente que estos títulos lleven incorporados ambos tipos de costes:

Por ejemploobligación de 1.000 euros, con vencimiento a 5 años, tipo de interés del 7%, prima de emisión del 3% y prima de reembolso del 4%.

La contabilización de los intereses explícitos e implícitos es diferente.

a) Intereses explícitos

Se contabilizan según el criterio del devengo, es decir, cuando se generan, con independencia de cuando se paguen:

Por ejemplo: el 1 de octubre la empresa Azahar realiza una emisión de obligaciones por importe de 1.000.000 euros, con un tipo de interés del 6%, pagable semestralmente.

El 31 de diciembre, cuando cierre su ejercicio, esta emisión ya habrá generado intereses que tendrá que contabilizar como gastos del ejercicio, con independencia de que no los tenga que pagar hasta el 31 de marzo.

El asiento que realiza es el siguiente:

 

La cuenta "Intereses de obligaciones y bonos" es una cuenta de gastos, mientras que la cuenta "Intereses de empréstitos y otras emisiones análogas" es una cuenta del Pasivo (recoge la deuda que la sociedad tiene con los poseedores de estos títulos).

Cuando finalmente la empresa pague los intereses, realizará el siguiente asiento:

 

Cuando la empresa paga los intereses de los valores emitidos, Hacienda Pública le obliga a retener una parte de los mismos en concepto de anticipo del impuesto que grava el rendimiento de estos títulos.

Por lo tanto el asiento anterior queda:

 

La cuenta "Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas" es una cuenta del pasivo: es una deuda que la empresa tiene con Hacienda (ha recaudado un importe que tiene que entregar a Hacienda). En el momento en que efectivamente ingresa dicho dinero en Hacienda:

 

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