Inversiones financieras (II)

1.c) Cobro de dividendos

En el momento en el que la sociedad en la que se participa decide el reparto de dividendos se realiza el siguiente asiento.

conta

La cuenta "Dividendo a cobrar" es una cuenta del activo (es un derecho que tiene la empresa de recibir un dinero), mientras que la cuenta "Ingresos de participaciones en capital" es una cuenta de ingresos que a cierre del ejercicio se lleva a pérdidas y ganancias.

En el momento en el que se cobran estos dividendos, la empresa pagadora retendrá un porcentaje en concepto de retenciones para pago de impuestos:

conta

La cuenta "Hacienda Pública, retenciones y pago a cuenta" es una cuenta del activo, ya que se trata de un pago anticipado a Hacienda que realiza la sociedad que reparte dividendos en nombre de la sociedad poseedora de las acciones. Esta cantidad anticipada se restará de los impuestos futuros que la sociedad tenga que pagar.

1.d) Derechos de suscripción

Son los derechos que tienen los accionistas de una sociedad de suscribir preferentemente las nuevas acciones que se emitan.

Veamos un ejemplo:

Una empresa tiene su capital dividido en 20 acciones. La cotización de estas acciones el día previo a la ampliación de capital es de 200 euros.

Va a proceder a ampliar su capital en 500 euros, emitiendo 10 nuevas acciones a un valor de 50 euros cada una. El valor teórico de las acciones tras dicha ampliación será:

Valor de la acción = (20 * 200 + 10 * 50 ) / 30 = 150 euros / acción.

Las cantidades aquí indicadas son:

20 * 200 = son las acciones antiguas por su valor en bolsa. Este paquete tenía un valor antes de la ampliación de 4.000 euros.

10 * 50 = representa el nuevo dinero que entra en la empresa (10 acciones nuevas a 50 euros cada una). En total entran 500 euros.

Por tanto, tras la ampliación el valor de mercado de la empresa será 4.500 euros, y como hay 30 acciones en circulación, el valor de cada acción será de 150 euros.

Si no existiera el derecho de suscripción preferente el actual accionista resultaría perjudicado: tenía una acción que valía 200 euros y tras la ampliación pasa a valer 150 euros.

Por ello, para compensarle se adjudica a cada acción antigua un derecho de suscripción preferente. Como hay 20 acciones y se emiten 10 nuevas, serán necesarios 2 derechos de sucripción preferentes para adquirir una nueva acción.

¿Cual es el valor de este derecho de suscripción preferente? es igual al valor de la acción antes de la ampliación menos su valor teórico después de la ampliación. En el ejemplo:

Derecho de suscripción = 200 - 150 = 50 euros

¿Cuando nacen los derechos de suscripción?

Nacen en el momento en el que la sociedad participada aprueba ampliar capital. En ese momento se realizará el siguiente asiento:

 

Lo que se hace es separar del saldo de la participación financiera el valor de los derechos de suscripción preferentes.

El accionista podrá:

Vender su derecho de suscripción a otro accionista o a un tercero.

Ejercitar sus derechos y proceder a suscribir la nuevas acciones (1 acción nueva por cada 2 antiguas).

Si procede a su venta:

Obteniendo un beneficio:

conta

Sufriendo una pérdida:

conta

Si lo utiliza en la suscripción de nuevas acciones:

conta

Es como si parte del pago de las nuevas acciones lo realizara entregando estos derechos.

Continuemos con el ejemplo anterior:

Supongamos que la empresa tiene dos acciones antiguas, por lo que le corresponden dos derechos de suscripción preferentes.

a) Vende los 2 derechos por 80 euros:

 

b) Vende los dos derechos por 120 euros:

 

c) Ejercita sus dos derechos y adquiere una acción nueva pagando 50 euros:

 

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